Dentro del Programa de Termalismo del Imserso se incluyen los siguientes servicios:
Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido.
Tratamientos termales básicos, que comprenderán:
El reconocimiento médico al ingresar en el balneario para la prescripción del tratamiento.
El tratamiento termal que, en cada caso, prescriba el personal médico del balneario.
El seguimiento médico del tratamiento.
Actividades de ocio y tiempo libre ofertadas gratuitamente por el balneario.
Póliza colectiva de seguro turístico.
En todo caso las personas usuarias de los turnos, y en su caso, los acompañantes, realizarán los desplazamientos a las establecimientos termales, así como el regreso a sus domicilios, directamente por sus propios medios.
No obstante, el transporte por cuenta del balneario, en los casos que se expresan en el anexo I de la Resolución indicado en la columna final, se realizará desde la localidad más cercana al balneario con transporte público hasta la estación termal al comenzar el turno y el regreso, al finalizar el mismo.
Disfruta del mejor termalismo, con una calidad - precio inmejorable, dentro del Programa de Termalismo Social del IMSERSO
A través del Programa de Termalismo del Imserso el Estado español proporciona a los/las pensionistas que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso a precios reducidos a este tipo de establecimientos, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia.
El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.
El artículo 3 de la Resolución del Imserso de 16 de noviembre de 2021, recoge los requisitos para 2022 de las personas usuarias del Programa:
Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.
También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo a) y b).
Asimismo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.
Los requisitos establecidos en el punto 2 se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona usuaria.
En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
Solo se podrá disponer de la plaza cuando se tenga conformidad de la misma por parte del Imserso.
De conformidad con el artículo 5 de la Resolución de convocatoria, las solicitudes de participación en el programa de termalismo para 2022 deberán ser presentadas, conforme a los dos plazos establecidos.
Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 31 de diciembre de 2021.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de mayo de 2022.
Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 14 de mayo de 2022.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 30 de octubre de 2022.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año anterior, sus expedientes estén completos.